Héctor A. Gil Müller
La civilización alcanzó un importante avance cuando el 10 de
diciembre de 1948 los Estados signaron la Declaración Universal de los Derechos
Humanos. En este pliego internacional reconocían las condiciones necesarias
para el libre y potencial desarrollo de la persona. El paquete de
reconocimiento básico de los derechos significó un adelanto en materia jurídica
pues al reconocerse ese contenido fundamental se avanzaba en la concreción de
las necesidades humanas. Respondió a la evidente y voraz destrucción mostrada
por los seres humanos durante una guerra tan terrible como la segunda guerra mundial.
Eliminar esas conductas, y por ende tales atrocidades, mediante la reafirmación
de la identidad de todas las personas a partir del reconocimiento de derechos
postulados como innatos, ha logrado aliviar algunos de los problemas
individuales y sociales, dando una guía ante el desconocimiento de los mismos,
independientemente del régimen o declaración estatal.
Pensar en Derechos Humanos hoy día es pensar en la humanidad,
en la libertad mínima necesaria y exigida para construir y vivir. A lo largo de
las últimas décadas ha aumentado nuestra conciencia sobre dolencias de la
humanidad, que han sabido proyectarse, identificarse y seguramente
resguardarse, pero aún no ha sido suficiente, aunque el camino parece trazado
se desdibuja ante múltiples desconocimientos y elementos que, desde la
ignorancia, se anidan y juzgan la realidad.
Los derechos siempre van emparejados a un concepto de
obligación. Y no podemos ser parciales al buscar la recepción de derechos sin
advertir la necesaria complementación de obligaciones. Las obligaciones humanas
parece ser un tema que pasa inadvertido en una lectura rápida y acelerada de
los derechos humanos. Aún falta mucho por recorrer para asegurar ese respeto a
la “humaneidad” del ser, pero no podemos olvidar las obligaciones que se
generan siempre para construir una sociedad que no solo exige, sino que también
otorga. Podemos hacer cárceles de absoluta libertad, que sin barrotes también
nos privan.
En el año 2016, en una convención internacional realizada
desde la Universidad Nacional Autónoma de México se señaló como principal
conclusión lo siguiente: “La proliferación en el reconocimiento de los derechos
ha provocado una comprensión equivocada. Numerosas personas han supuesto que
los derechos no tienen correspondencia con las obligaciones. Es como si se
pensara que un individuo ha asumido todos sus derechos para su crecimiento y la
obtención de sus satisfactores, sin que con ello le implique asumir carga
alguna para consigo mismo, sus semejantes, el entorno que lo rodea o para con
el Estado. Es necesario pensar el mundo de los derechos en clave de
corresponsabilidad.
Con los derechos humanos; ¿Estamos pensando en obligaciones
humanas? Sabemos que la existencia de límites incluso al derecho aumenta su
certeza y efectividad. ¿Cuándo entenderemos los límites? Los límites no privan
de libertad, al contrario, traen velocidad y seguridad, como un conductor lo
sabe mientras ve los límites pintados a la orilla de una carretera. Un bebe sin
límites en su andar corre el riesgo de lesionarse si no cuenta con la guía
correcta, la obligación es importante, quizá en su momento entenderemos que la
obligación es el elemento de crecimiento humano.

